viernes, 23 de octubre de 2015

El Bloqueo de EE.UU. contra Cuba es la negación de la vida y el desarrollo

RAFAEL CARELA RAMOS El bloqueo económico, comercial y financiero de Estados Unidos contra Cuba, es el mal mayor que ha sufrido y sufre este país desde el triunfo de la Revolución en enero de 1959; el bloqueo es la negación del derecho a la vida y el desarrollo de los cubanos. Instituido oficialmente el 3 de febrero de 1962 por la Proclama Presidencial 3447, del entonces presidente Kennedy, los efectos del bloqueo tienen que ver con la imposibilidad de percibir ingresos o adquirir materias primas o productos procedentes de EE.UU., debido a los obstáculos para realizar determinadas compras o exportaciones en ese país, y tener que hacerlo en regiones de otros continentes, con las consiguientes erogaciones adicionales que esto representa. Tampoco podemos comerciar con firmas norteamericanas en terceros países; no se puede usar el dólar en las transacciones en el exterior; el país no tiene acceso a los créditos de instituciones financieras internacionales, y sus barcos y aeronaves no pueden tocar territorio estadounidenses, además de otras restricciones que se extienden a terceros países, denunciando su carácter extraterritorial. Es tan amplio el diapasón y volumen de las leyes, resoluciones, normativas y conexos que integran el bloqueo, que le hace honor al tristemente célebre memorando del subsecretario Mallory, en 1960, cuando confesó que una medida imperial como esta, tiene el propósito de “crear hambre, desesperación y sufrimiento para provocar el derrocamiento del Gobierno revolucionario”. El bloqueo de EE.UU. afecta a todos los sectores de la sociedad cubana, algunos tan sensibles como el de la Salud Pública, en el que los más afectados son los niños que padecen enfermedades oncológicas; pero, también daña directamente la Economía, la Construcción, el Turismo, la Educación, la Ciencia, la Cultura y el Deporte, por los obstáculos que representa para adquirir materias primas, piezas, agregados, implementos, etc. Como se infiere, debido a estas limitaciones, debido a ingresos dejados de percibir por obstáculos para realizar exportaciones, pérdidas por tener que comerciar en regiones lejanas, afectaciones a la producción y los servicios, imposibilidad de adquirir tecnologías, y por afectaciones financieras, entre otras cosas, en estos más de 53 años de instituido, las afectaciones humanas son invalorables y las pérdidas económicas superan los 833 755 millones de dólares, según el valor del oro en el mercado internacional, o 121 192 mil millones de dólares, a precios corrientes, una cifra enorme para una pequeña economía como la cubana. El canciller cubano, Bruno Rodríguez, en una conferencia de prensa, publicada por la prensa nacional, expuso elementos contenidos en el informe que Cuba presentará en la Asamblea General de la ONU, haciendo énfasis en la persecución a las actividades financieras vinculadas con este país. En tal sentido, puso como ejemplos que el 12 de marzo del 2015 el gran banco alemán Commerzbank fue multado con 1 710 millones de dólares, entre otras razones, por relaciones económicas con Cuba. Antes, en junio del 2014, el banco francés BNP-Paribas recibió una multa extraordinaria de una corte neoyorquina que lo sancionó a pagar 8 900 millones de dólares, lo cual no tuvo procedente en la historia de las transacciones financieras y las relaciones bancarias en el mundo. El 25 de marzo del 2015, la OFAC impuso una multa de 7 658 000 millones de dólares a la compañía estadounidense Pay Pal por realizar transacciones que involucran bienes supuestamente de origen cubano o de interés nacional cubano. He leído en textos de especialistas sobre este tema, que señalan que desde la Conferencia Naval de Londres, de 1909, es un principio aceptado en el Derecho internacional que “el bloqueo es un acto de guerra", y siendo así, sólo es posible su empleo entre los beligerantes. No existe, por otra parte, norma del Derecho Internacional que justifique el llamado "bloqueo pacífico", el cual fue práctica de las potencias coloniales del siglo XIX y del principio del pasado siglo. De esta forma, EE.UU. no sólo contraviene ese documento normativo sino, además, la Carta de Naciones Unidas y los Derechos Humanos de todo un pueblo. El Canciller cubano, al referirse a esta nueva presentación de la Resolución de condena al bloqueo, explicó que: “Como el bloqueo es una realidad tangible que no se ha modificado, el 27 de octubre Cuba presentará a la Asamblea General de Naciones Unidas el proyecto de Resolución titulado: Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos contra Cuba.” Y añadió: “Mientras persista el bloqueo presentaremos dicha resolución” Al intervenir en la Cumbre de NACIONES Unidas sobre la Agenda de Desarrollo posterior al 2015, el presidente cubano Raúl Castro Ruz, su reciente discurso en la ONU, señaló que, “persiste el bloqueo económico comercial, comercial y financiero contra Cuba por más de medio siglo, el cual causa daños y privaciones al pueblo cubano, es el principal obstáculo para el desarrollo económico de nuestro país. “El bloqueo –apuntó Raúl-, afecta a otras naciones por su alcance extraterritorial y continúa perjudicando los intereses de los ciudadanos y las compañías estadounidenses”. Por eso, la comunidad internacional volverá a condenarlo en la ONU este 27 de octubre, por su carácter injusto e inhumano. “Esta política –subrayó-, es rechazada por 188 países –de los 193- estados miembros de Naciones Unidades que demandan ponerle fin”. “No habrá normalización con el bloqueo y no habrá progreso sustancial en el proceso e normalización sin cambios sustanciales en la aplicación del bloqueo”, afirmó. Los hechos demuestran que esta política de Estados Unidos contra Cuba, es la negación del derecho a la vida y el desarrollo de los cubanos. Fuentes: -www.Ecured.cu -Granma: 17 de septiembre 2015 -Granma: 27 de septiembre 2015 -Cuba-USA-Nacionalizaciones y Bloqueo, Editorial Ciencias Sociales, 1996: EcuRed Uno de los principales problemas que nos encontramos a la hora de crear un artículo para ecured es el derecho de autor o copyright, para evitar este problema es recomendable buscar el Aviso legal del sitio web de donde se va a extraer la información pues muchos de ellos brindan la posibilidad de cop… ecured.cu Me gusta Comentar Compartir Comentarios Rafael Eulogio Carela Ramos Escribe un comentario...

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